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CAPÍTULO VII. EL TELETRABAJO: ¿Una modalidad de trabajo jurídicamente inconclusa?

DOI: 10.47463/clder.2020.01.008

 

Sánchez, C. (2020). El teletrabajo: ¿Una modalidad de trabajo jurídicamente inconclusa?. En Mantilla J. y Hervas A. (eds). “COVID-19 ¿Estuvimos Listos? Reflexiones académicas ante el Estado, mercado y comunidad”. Universidad de Otavalo.

 

María Claudia Sánchez

Universidad de Otavalo

msanchez@uotavalo.edu.ec

Resumen

El siglo XXI se ha caracterizado por el avance de la tecnología, con inventos que han facilitado la comunicación. En este contexto y, relacionándolo con el trabajo, la presencia física del trabajador en el lugar donde ejecuta sus tareas se vuelve en muchas ocasiones, un aspecto secundario. Por lo tanto, el teletrabajo es una modalidad innovadora y, lo único que le diferencia de la labor común que conocemos, es que el teletrabajador desempeña sus actividades utilizando las tecnologías de la información y la comunicación (TICS), sin que para ello se necesite su presencia. Los derechos y obligaciones de las partes son los mismos.

En Ecuador, desde marzo del 2020, en virtud de la declaratoria de emergencia sanitaria causada por la pandemia del COVID-19, varios trabajadores se vieron imposibilitados de trabajar de manera presencial. En concordancia, con el acuerdo ministerial n.° MDT-2020-076 se adoptó para todos ellos el teletrabajo, con la finalidad de proteger su salud, sin que se paralicen sectores vitales para el país. Sin embargo, el acuerdo ministerial n. °MDT-2016-190, que regula el teletrabajo, tiene vacíos importantes: se omite lo referente a la remuneración en función a la jornada laboral (necesaria para fijar el porcentaje que aportará el empleador para la afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social), no es posible comprobar si es jornada completa o parcial, lo cual influye en las prestaciones del Seguro General Obligatorio. Por último, en lo que se refiere a salud y seguridad ocupacional, el Consejo Directivo del IESS debería regular a través de un reglamento, lo respectivo a Riesgos del Trabajo en cuanto al teletrabajo. En definitiva, el teletrabajo es una figura jurídica aún inconclusa.

Palabras clave: COVID-19, estado de emergencia sanitaria, teletrabajo, teletrabajo emergente.

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